Décadas atrás, los partidos políticos surgían como vehículos para defender ideas, representar intereses y canalizar las demandas de determinados sectores de la sociedad. Hoy, en República Dominicana, algunos parecen haberse convertido en una vía de emprendimiento político para acceder a los recursos públicos.
Solo este año, la Junta Central Electoral (JCE) distribuirá 1,620 millones entre las organizaciones políticas, de los cuales 129.6 millones estarán destinados a aquellas que registraron la menor votación en los comicios de 2024. Esto equivale a una asignación de RD$3,927,272.73 para cada una.
Para distribuir los recursos públicos, anteriormente solo se tomaban en cuenta los resultados de la última elección, conforme a lo establecido en el artículo 61 de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos. No obstante, varias organizaciones cuestionaron ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) dicho criterio.
Los partidos Alianza País (Alpaís), Dominicanos por el Cambio (DXC) y País Posible (PP) fueron de los primeros en cuestionar la distribución partidaria, al considerar que debía establecerse otro mecanismo para determinar quiénes tenían derecho a recibir los fondos y en qué proporción.
Como consecuencia, el Tribunal Superior Electoral, mediante la sentencia TSE/0010/2025, de junio de 2025, estableció que, para efectos del financiamiento público, debía entenderse por «última elección» el último ciclo electoral, es decir, el conjunto de elecciones ordinarias celebradas durante un mismo año.
Como consecuencia, el Tribunal Superior Electoral, mediante la sentencia TSE/0010/2025, de junio de 2025, estableció que, para efectos del financiamiento público, debía entenderse por «última elección» el último ciclo electoral, es decir, el conjunto de elecciones ordinarias celebradas durante un mismo año.
Por ello, para establecer la categoría de cada organización política, ahora se toman en cuenta los resultados de los siete niveles de elección; dígase el presidencial y senatorial, así como las diputaciones, alcaldías, regidurías, direcciones distritales y vocalías.
Este nuevo criterio beneficia con recursos públicos a numerosas organizaciones políticas que no alcanzaron siquiera el 1 % de los sufragios.
Dicha medida fue ratificada por el Tribunal Constitucional (TC) con la sentencia TC/0746/2026, al rechazar el recurso presentado por los partidos Justicia Social (JS), de Unidad Nacional (PUN) y Opción Democrática (OD), quienes procuraban anular los nuevos criterios establecidos por el TSE para la asignación y distribución del financiamiento público y el orden de las boletas electorales.
El TC consideró que la alta corte electoral actuó conforme a derecho, al fundamentar su decisión en los principios de igualdad, equidad, proporcionalidad y razonabilidad, así como en el derecho de participación política.
Por Dagoberto Lockward


