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sábado, noviembre 7, 2026
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Presidente del TC destaca protección de derechos como base del Estado constitucional

SAN CRISTÓBAL.– El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Napoleón R. Estévez Lavandier, afirmó que la fortaleza de un Estado constitucional no depende únicamente de los derechos que reconoce su Carta Magna, sino de la efectividad de los mecanismos establecidos para garantizar su protección.

El magistrado hizo la afirmación durante una audiencia solemne celebrada este viernes en el Instituto Politécnico Loyola, en San Cristóbal, con motivo del 182 aniversario de la proclamación de la Constitución dominicana, acto que contó con la presencia de la vicepresidenta de la República, Raquel Peña.

Estévez Lavandier sostuvo que las garantías constitucionales representan un compromiso del Estado con la dignidad humana, la prevención de los abusos de poder y la preservación del orden constitucional.

«Si los derechos son las promesas que la Constitución hace a las personas, las garantías son los instrumentos jurídicos que le dan vigencia y exigibilidad», expresó.

El presidente del TC agregó que la labor de los jueces constitucionales va más allá de preservar formalmente la Constitución, pues procura asegurar la aplicación de los principios y valores que sustentan el Estado social y democrático de derecho.

En ese contexto, señaló que la Constitución debe tener una expresión concreta en la vida cotidiana de las personas, planteamiento que sirve de base a la campaña institucional «La Constitución vive contigo», desarrollada durante noviembre, Mes de la Constitución.

Mecanismos para proteger los derechos

Durante la audiencia, los magistrados del Pleno explicaron distintas garantías e instrumentos establecidos en la Constitución para proteger los derechos fundamentales, asegurar el debido proceso y promover la participación ciudadana.

El primer sustituto del presidente del TC, Miguel Aníbal Valera Montero, abordó la acción directa de inconstitucionalidad, contemplada en el artículo 185.1, que permite cuestionar ante esa jurisdicción las disposiciones normativas contrarias a la Carta Magna.

El magistrado Domingo Gil explicó el alcance de la tutela judicial efectiva, establecida en el artículo 69, y la importancia de que las personas puedan acudir a los tribunales para reclamar la protección de sus derechos.

Por Dagoberto Lockward

Dagoberto Lockward
Dagoberto Lockward
Periodista con experiencia en temas políticos, económicos y culturales.
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